El canon digital ha supuesto un fuerte dolor de cabeza e incluso denuncias por parte de los consumidores, ya que implicaba que todos y cada uno de los usuarios debían pagar un sobrecoste en cualquier tipo de formato de almacenamiento (ya fuesen discos duros, CD, DVD, lápiz de memoria, etc.). Supuestamente era para cubrir las pérdidas por piratería, y en cierto modo intentaban convertirlo en un castigo previo al delito, es decir, cobrar una cantidad por si se da el caso de que todos y cada uno delinquimos en un determinado momento. Sin embargo, la nueva Ley de Propiedad Intelectual ha cambiado este concepto y a partir de ahora ya no pagaremos dicho canon digital.
La desaparición del canon AEDE
Aunque en principio lo conocemos como canon digital, su nombre real es canon AEDE, y se trata de una de las reformas introducidas en la Ley Sinde que más afectó a los consumidores, ya que de lo que hacía era criminalizar a todos y cada uno de nosotros dando por hecho que tarde o temprano todos íbamos a copiar ilegalmente contenido protegido.
Sin embargo, las quejas, aunque no se hicieron esperar, tampoco se esperaba que fuesen escuchadas, y por ello la Justicia europea fue de nuevo la encargada de poner cartas en el asunto hace la friolera de cuatro años dejando claro que el canon digital no tenía razón de ser además de que infringía los derechos de los consumidores, siendo un concepto de multa aplicada de forma indiscriminada.
Tanto la entrada del canon digital como el informe de la Justicia europea tuvieron lugar durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, el cual no hizo en absoluto por echar atrás la medida, pero en los siguientes tres años de gobierno de Mariano Rajoy tampoco se ha visto en ningún momento la intención de resolver el problema hasta ahora, que por fin y tras cuatro años de espera, los derechos de los consumidores han sido reconocidos por parte del gobierno de España.
Por otra parte, en estos momentos ha sido reconocida la copia privada que es aquella que se realiza a partir de un soporte original que haya sido adquirido por la misma persona que realiza dicha copia. En caso de realizar una copia de un soporte alquilado, regalado o prestado se considerará una infracción. Es decir, interpretando el texto, si nos regalan un DVD, se considerará que no existe la posibilidad de realizar una copia del mismo, ya que estaríamos incurriendo en un delito. En esencia, que los absurdos siguen adelante en estas leyes a medio hacer y con más pretensiones que realidades.
No obstante, sigue habiendo dudas
¿Y en qué se verá repercutida la desaparición del canon digital?
Esta es una de las principales dudas de los consumidores, y es que resulta bastante extraño que podamos ver por norma general un descenso en este tipo de formatos.
Se trata de una subida que ha sido asumida por todos los ciudadanos, y lo cierto es que la mayor parte ni conocía el canon digital o incluso se había acostumbrado tanto a él que difícilmente se dará cuenta de si realmente a partir de ahora el consumidor no tendrá que pagar este extra por “presuntos delincuentes”.
Además, siendo pesimistas (porque no nos queda otra), está claro que la mayoría piensa que si no es por un lado será por otro, pero pronto se justificará el mantenimiento de los precios. ¿Qué opináis a este respecto?