Tarde o temprano, todos tenemos la necesidad de cambiar de operador de telefonía, de manera que es muy importante que tengamos claros algunos conceptos como los que vamos a detallar a continuación, evitando así pagar conceptos innecesarios y, sobre todo, defender y hacer valer nuestros derechos.
La permanencia del nuevo contrato, un apartado muy a tener en cuenta
Es muy importante que tengamos en cuenta la existencia o no de permanencia con la compañía con la que vamos a contratar el servicio a partir de ahora.
En el mercado tenemos la posibilidad de elegir entre un amplio abanico de empresas que nos van a surtir de todo lo necesario, incluyendo telefonía móvil, telefonía fija, Internet e incluso también televisión.
Sin embargo, no todas nos ofrecen las mismas ventajas y precios, de manera que es muy importante que estudiemos todas las ofertas que tenemos a nuestra disposición, como por ejemplo estas tarifas móviles de Masmovil que sin duda son ajustadas y que cumplen con las necesidades de la mayor parte de usuarios particulares, autónomos y empresas.
En cualquier caso, lo más importante en este tipo de circunstancia es analizar la permanencia que nos exige la compañía con la que vamos a contratar el servicio.
Nuestra recomendación es que, en el caso de que tengáis un teléfono móvil que funcione bien, evitéis la permanencia, la cual a menudo viene a cambio de ofreceros un terminal por un precio más económico en comparación con su coste en el mercado.
Por otra parte, cada vez son más los usuarios que optan por evitar la permanencia comprando su propio terminal, mientras que otros prefieren firmarla y obtener un dispositivo a cambio.
Esto evidentemente va a depender de cada uno de nosotros, pero sobre todo es esencial que tengamos claro si realmente nos interesa o no contratar la permanencia en el nuevo contrato, conociendo a la vez todas sus características y particularidades.
Asegúrate de que la nueva compañía se hará cargo de todos los trámites
En la actualidad, prácticamente todas las compañías se van a hacer cargo de los trámites para darnos de baja en el viejo operador en el que teníamos contratado el servicio.
Esto evidentemente es un extra de comodidad para nosotros, ya que, de este modo, vamos a ahorrarnos el tener que contactar con la anterior compañía para realizar los trámites.
No obstante, esto no nos exime de cumplir aquello que hayamos acordado en el contrato en el momento de firmarlo, es decir, si con nuestra anterior compañía existe una permanencia, evidentemente tenemos la obligación de satisfacer la cantidad que se haya acordado en el caso de que nos queramos dar de baja antes de que finalice la misma.
Lo que deberemos abonar deberá ser proporcional al tiempo que resta de permanencia, es decir, no nos pueden aplicar tarifas fijas como se hacía antes, sino que pagaremos más si todavía quedan seis meses que si por ejemplo nos queda un único mes, en cuyo caso lo normal es que sea una cantidad mínima.
Para poder calcular esta cantidad, es importante conocer el contrato y las diferentes cláusulas, ya que por ejemplo se puede incluir la parte proporcional de la instalación del servicio de acceso, muy especialmente si se trata de fibra, del mismo modo que se puede cobrar la parte proporcional del tiempo restante del terminal que se haya aportado de forma gratuita, o de la diferencia que reste por la oferta con la que nos hemos beneficiado.
Pide una baja exprés al cambiar de operador de telefonía
Al cambiar de operador de telefonía, es importante que exijamos que se realice una baja exprés, lo cual nos garantiza que se tramitará en un plazo máximo de dos días, con la garantía de que no nos van a seguir pasando facturas posteriores como seguramente habréis conocido de alguien cercano.
Muchas compañías lo que hacen es atarse a los 15 días laborables de preaviso, pero al pedir la baja exprés, tampoco deberemos abonar esta cantidad.
Esquiva las amenazas de tu antiguo operador
Nuestro antiguo operador va a hacer todo lo posible por evitar que nos vayamos de su compañía.
Eso quiere decir que vamos a recibir una o varias contraofertas, además de que también es habitual que aparezcan ciertas amenazas para infundirnos miedo y evitar que cancelemos el servicio.
No debemos caer en esta trampa, ya que por ejemplo, no nos pueden añadir costes extraordinarios, de la misma forma que tampoco nos pueden amenazar con que vamos a perder nuestro número actual, puesto que legalmente tenemos el derecho a conservarlo.
No pagues el rúter si no te lo quieres quedar al cambiar de operador de telefonía
Y otro aspecto muy importante que debéis recordar es que, si vais a cambiar de compañía, la anterior tiene derecho a recuperar su rúter siempre y cuando no nos lo hayan cobrado, lo cual es lo más habitual.
De igual manera, nosotros no tenemos la obligación de pagarlo si no lo han hecho, es decir, cuando cambiamos de compañía, lo habitual es que ya no vayamos a necesitar el viejo rúter, ya que la nueva nos pondrá uno nuevo.
Por esa razón, legalmente podemos elegir si queremos quedarnos el viejo rúter y por tanto pagar a la vieja compañía, o por el contrario ya no lo necesitamos y lo devolvemos sin tener que satisfacer ningún tipo de pago.
Teniendo en cuenta todos estos detalles, veremos que es mucho más probable que podamos cambiar de operador de telefonía móvil o fija así como de servicio de Internet sin los habituales calentamientos de cabeza que, hemos podido ver, sufren muchos usuarios.