Las malas prácticas en los bares, ¿legales o ilegales?

En estos meses de verano no hay nada como disfrutar del tiempo libre tanto solo como con los amigos o con la familia en un restaurante o un par, compartiendo buenos momentos y sobre todo disfrutando de la fantástica gastronomía que tenemos en este país. Sin embargo, con la llegada del buen tiempo y la afluencia de turistas, las malas prácticas en los bares se acentúan pero, ¿son legales o ilegales? Vamos a analizar algunas de las más comunes para que sepáis si tenéis o no derecho a reclamar en cada caso.

Las malas prácticas en los bares y su legalidad

Muy especialmente cuando llega el verano, el mundo de la hostelería se prepara para recibir a una gran cantidad de clientes, los cuales intentan ofrecer un menú gastronómico que satisfaga sus paladares y les invite a disfrutar de una experiencia agradable y muy positiva.

Sin embargo, no todos los bares tienen estas buenas intenciones, y es que todavía existe un elevado porcentaje de comercios de este tipo que siguen anclados en el pasado y buscaron pequeñas triquiñuelas para poder aumentar sus ganancias a través del engaño o de la falsedad hacia el cliente al que hace poco querían que volviese tras la fuerte caída sufrida debido al COVID.

Parece que todo esto no les ha servido para aprender, y siguen fomentando las malas prácticas en los bares pero, ¿son legales o ilegales?

Lo cierto es que podemos encontrar absolutamente de todo, es decir, malas prácticas en los bares legales y malas prácticas en los bares ilegales, de manera que debemos aprender a diferenciarlas con el objetivo de saber hasta qué punto podemos reclamar y hacerlo en caso necesario.

Ejemplos de malas prácticas en los bares legales e ilegales

Vamos a hacer un recorrido a través del cual repasaremos algunas de las principales malas prácticas en los bares, e incluiremos prácticas tanto legales como ilegales, de manera que podamos conocer las opciones de reclamación en cada caso.

¿Se puede negar el pago con tarjeta?, ¿y el pago en efectivo?

Vamos a comenzar con el método de pago, y en este sentido, lo más habitual es pagar en efectivo o utilizando una tarjeta, pero también nos encontramos locales en los que se rechaza el pago mediante tarjeta e incluso en algunos el pago en efectivo.

¿Qué dice la ley a este respecto? Pues muy sencillo:

  • Rechazar el pago con tarjeta: será legal siempre y cuando se indique claramente en el establecimiento para que los clientes estén informados antes de ser servidos.
  • Exigir un importe mínimo para pago con tarjeta: también es legal mientras se haya indicado de forma clara el importe mínimo.
  • Rechazar el pago en efectivo: es una práctica ilegal, ya que ningún comercio puede rechazar el pago en efectivo siempre y cuando queramos pagar con una moneda de curso legal.

Aseos sólo para clientes

Esta es otra de las malas prácticas en los bares a la que estamos muy acostumbrados, ya que se lleva realizando desde hace ya mucho tiempo, y es que en cierto modo es comprensible que las instalaciones del local sean de uso exclusivo para los clientes.

Esto es especialmente destacado cuando nos damos cuenta de que la gente no suele cuidar ni preocuparse por las cosas ajenas, por lo que en los aseos de fuera de su casa, suelen ser más sucios, menos cuidadosos e incluso curiosamente también más despistados, dejándose los grifos abiertos.

En este sentido no existe una legislación vigente, pero parece que podemos observar de manera generalizada en todo el país que sea el propio local el que decida si permite o no el acceso a los servicios, hasta el punto que incluso podría cobrar por su uso siempre y cuando se trate de personas no clientes.

Al tratarse de un servicio obligatorio que debe figurar en todos los locales gastronómicos, la empresa no podrá cobrar un plus por utilizar los baños a sus clientes.

Precios sin IVA

Para muchos negocios es muy tentador poner los precios de los platos y alimentos sin incluir el IVA, ya que de esta manera, da la sensación de ser 1 bar o restaurante más económico.

Sin embargo, el IVA hay que pagarlo obligatoriamente, lo que significa que cuando nos sigue la factura, habrá aumentado un 10%.

Esta es una práctica completamente ilegal, es decir, todos los precios que figuren en la lista de precios o en la carta del restaurante (independientemente de su formato) deberán tener el IVA incluido, y el bar o restaurante no se podrá reservar el derecho a poner los precios sin IVA aunque indique que el IVA no está incluido.

En definitiva, los precios siempre deberán ir con IVA o se estará cometiendo una ilegalidad.

Cobro por pan, hielo o leche

Está claro que el cobrar por el pan, hielo o la leche entra dentro de las malas prácticas en los bares, además de que es algo que queda muy mal de cara al comensal.

Sin embargo, es una práctica legal siempre que el establecimiento indique en la carta o lista de precios el coste adicional de cada uno de ellos, y siempre deberá figurar el coste con y el coste sin.

Por ejemplo, si van a cobrar el hielo aparte, en la carta deberá figurar el precio del refresco con hielo y el precio del refresco sin hielo, y de no hacerlo así, nos podemos negar a pagarlo.

El anticipo económico para la reserva

Hasta hace no demasiado, en una práctica muy habitual la de algunas personas que decidían reservar mesa en diferentes restaurantes para al final acudir tan sólo a uno de ellos.

Esta práctica se extendía sobre todo en fechas más especiales como por ejemplo durante las cenas de empresa en periodo navideño, y en general siempre con grandes grupos, lo que significaba que, salvo un único comercio, todos los demás iban a tener una mesa vacía a la que no iban a poder sacar partido.

Debido a esto, los restaurantes con una mayor demanda comenzaron a pedir un adelanto del importe de la comida como reserva, lo cual forzaba a que las reservas se realizasen tan sólo si había intención de acudir el día y hora previstos.

Esta es también una práctica legal en estos momentos, siempre y cuando se tenga en cuenta que no se puede pedir una cantidad como suplemento, es decir, la reserva no se puede cobrar, sino que todo el importe pagado, se deberá descontar de la factura final, y de no ser así, hablaríamos de una práctica ilegal.

También existen límites en materia de la retención de la suma cobrada por la reserva, es decir, la ley todavía no concreta hasta qué punto el restaurante se puede quedar con ese dinero, aunque en la mayor parte de casos, lo que se hace es retenerlo para cuando la persona que ha realizado la reserva decida acudir al restaurante o bar en otra fecha que se establezca posteriormente.

La desaparición del carta y su sustituto, el código QR

Los códigos Q.R. se han puesto muy de moda, y de hecho, en muchos casos resulta verdaderamente útiles.

Muchos bares y restaurantes han decidido colocar sus cartas en una página web a la que se accede con tan sólo escanear un código Q.R.

Su utilidad es bastante importante, y es que facilita que los clientes puedan conocer la carta antes de ir al restaurante, e incluso evita el tiempo, esfuerzo e incluso dinero invertido en las cartas físicas.

A su vez, al no haber carta física, entramos en un entorno más limpio, es decir, no estamos tocando cartas que han acumulado gérmenes de las manos de otras personas e incluso de las mesas y soportes.

No obstante, esto obliga a las personas a tener un teléfono inteligente con cámara, ya que de lo contrario la información no sería accesible.

También hay que tener en cuenta que personas que no entienden estas nuevas tecnologías, y que igualmente deben ser atendidas, de manera que no es legal que el bar o restaurante utilice un código Q.R. como sustituto de la carta.

Esto quiere decir que siempre deberá contar con unas listas de precios o cartas físicas que serán accesibles a todo aquel que las solicite por cualquier razón, y en caso de no contar con ellas, podrán someterse a una sanción.

La propina obligatoria

La propina en España es voluntaria, y no existe ninguna ley que permita a los locales convertirla en obligatoria.

Por esa razón, aquellos locales en los que incluyen un porcentaje en la factura a modo de propina, están realizando una práctica ilegal y denunciable, por lo que podemos negarnos sin ningún tipo de problema a pagarla.

Los suplementos por consumir fuera de la barra

Otra de las malas prácticas en los bares que resulta muy desagradable es cuando nos quieren cobrar por consumir fuera de la barra, ya sea en las mesas dentro del local o en la terraza.

La sensación que nos llevamos es sin duda muy desagradable, pero siempre y cuando se muestre de manera clara el sobrecoste que se pagará por no consumir en la mesa, es una práctica considerada como legal.

Esto debe aparecer en la carta, ser visible en el establecimiento y también deberá venir reflejado en la factura de forma clara, o de lo contrario podremos reclamar.

Los suplementos por servicio o cubierto

Salvo que haya una normativa específica que diga lo contrario, la ley es muy clara este respecto, y es que tanto los cubiertos como el servicio ofrecido en el bar o restaurante deberán ir siempre incluidos en el precio, por lo que no se puede cobrar aparte.

Esta es una práctica que realizan algunos establecimientos que, además de ser ilegal, queda horrible frente al cliente, y es que es evidente que cuando vamos a comer necesitamos utilizar cubiertos, por lo que no entra dentro de la lógica que quieran cobrar su uso.

No hacemos reservas para una única persona

Salvo casos muy particulares, la mayoría de bares y restaurantes colocan mesas para un mínimo de dos comensales.

Debido a esto, si una persona llama para hacer una reserva, estará ocupando una mesa que al comercio le podría servir para obtener el doble beneficio.

Esto no hay duda alguna de que es un abuso y un trato injusto, pero es una condición que queda a libre elección del comercio, de manera que será legal siempre y cuando no se deba a un trato discriminatorio.

No servimos agua del grifo

Todos los bares y restaurantes están obligados por ley a ofrecer agua del grifo gratuita pero tan sólo a sus clientes.

Es decir, no podemos llegar a un bar a pedir un vaso de agua, pero si estamos consumiendo ya en el local, no nos lo pueden negar, y por supuesto tampoco pueden cobrar por servirla.

Precios más caros o plus extra por reservar

Comentábamos antes que los establecimientos pueden pedir una pequeña cantidad a descontar de la factura final por la reserva de una mesa, pero lo que no pueden hacer es cobrar un plus adicional ni tampoco poner precios más caros para los clientes que hayan reservado.

Productos y alimentos fuera de la carta

Si por alguna razón se solicita algún producto o alimento que no figure en la carta, el establecimiento podrá ofrecerlo pero siempre deberá indicar el precio en el momento del ofrecimiento.

Si no lo hacen así, deberán cobrarte el precio de otro plato que haya similar en la carta.